La figura del Fideicomiso es pocas veces visto en las actividades comunes de los mexicanos. Y cuando se trata de inmuebles, el Notario siempre debe intervenir.

Muchos han oído decir que los estadounidenses vienen a México y “compran” terrenos frente al mar, lo que no es precisamente cierto, sino que lo hacen a través de la figura del fideicomiso.

En efecto, el fideicomiso es un negocio jurídico a través del cual el fideicomitente aporta bienes o servicios a la Institución Fiduciaria, para que ésta haga lo que aquel le ordena, en favor de un tercero (el fideicomisario) o del propio fideicomitente.

Esta definición parece muy compleja, pero se simplifica con un ejemplo: Por determinación de nuestra Constitución, los extranjeros no pueden adquirir inmuebles en la zona restringida. Siendo esta disposición de tipo constitucional, su violación produce la nulidad absoluta de esa adquisición y el extranjero no podrá alegar nada, so pena de perder en beneficio de la Nación mexicana esos bienes.

De esta manera, lo que sucede es que el extranjero con su dinero adquiere un inmueble en la zona prohibida, -que es aquella que encuentra dentro de los 50 kilómetros a partir de la costa o de 100 kilómetros a partir de nuestras fronteras- con otros países..

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